14/04/2010

 

FISCAL: Medidas fiscales para el impulso de la recuperación económica.

 

Hoy ha entrado en vigor el Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril, que contiene un paquete de medidas para impulsar la recuperación económica y el empleo.

 

En materia fiscal, las medidas principales son las siguientes:

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS:  

Los contribuyentes con una base imponible inferior a 53.007,20 euros podrán deducirse, con ciertos límites, hasta el 10% de las cantidades satisfechas desde el día de hoy hasta el 31 de diciembre de 2012 por las obras realizadas en su vivienda habitual que tengan por objeto la mejora energética de la vivienda, la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad a las viviendas, con un límite de 12.000 euros por vivienda habitual.

 

Se declaran exentas, hasta un límite de 1.500 euros, las cantidades satisfechas por las empresas para el desplazamiento de sus trabajadores en transporte público colectivo entre su residencia y el lugar de trabajo.

 

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES:  

Se excluye de la obligación de documentar las operaciones vinculadas a las empresas de reducida dimensión cuando el importe total de las operaciones vinculadas que hayan realizado en el ejercicio no supere los 100.000 euros de valor de mercado.

 

Se prorroga hasta el ejercicio 2012 el incentivo de libertad de amortización para los activos adquiridos, en caso de mantenimiento de empleo.

 

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO:

El empresario o profesional cuyo volumen de operaciones sea inferior a 6.010.121,04 euros, se reduce a 6 meses el plazo de espera para poder recuperar el IVA en las facturas impagadas.

 

Además del actual procedimiento de reclamación judicial de la deuda, ahora se podrá exigir el cobro por la vía del requerimiento notarial.

 

Siempre y cuando se cumplan algunas condiciones, la realización de ejecuciones de obra de renovación y reparación en viviendas pasan a tributar al tipo reducido de IVA del 7% (el 8% a partir de julio de 2010).

 

 

Si quiere acceder al texto completo publicado en el BOE, pulse aquí.

 

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