07/07/2010

 

 

MERCANTIL: Nuevas medidas para luchar contra la  morosidad en las operaciones comerciales.

 

 

Hoy ha entrado en vigor  la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

 

Esta nueva normativa para luchar contra la morosidad en las operaciones comerciales será aplicable a los contratos que se celebren desde la entrada en vigor de la ley.

 

Cabe destacar la modificación de los plazos máximos de pago a proveedores que ya no podrán ser ampliados por acuerdo entre las partes.

 

Los plazos máximos de pago que han sido establecidos en esta reforma son, en resumen, los siguientes:

 

  • En operaciones realizadas entre empresarios, en general, el plazo máximo se fija en 60 días naturales, a contar desde la fecha de recepción de las mercancías o la prestación de los servicios. 

 

  • En operaciones contratadas por el sector público, en general, el plazo máximo de pago se establece en tan sólo 30 días.

  

Para las empresas que vinieran pactando plazos de pago más elevados, estos nuevos plazos no serán de aplicación de forma inmediata sino que se ha establecido un período transitorio según el cual se irán reduciendo de forma progresiva, y no será hasta el 1 de enero de 2013 cuando los plazos máximos serán los indicados.

 

Si quiere acceder al texto completo publicado en el BOE, pulse aquí.


 

 

 

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